Realizar una sucesión


Sucesión efectiva

En un plazo estimado de 7 meses puede obtener la declaratoria de herederos.

Sin preocupaciones

Nos encargamos de brindar atención personalizada que se ajuste a sus necesidades.

Gestionamos y acompañamos

Nos mantenemos en constate comunicación a lo largo del proceso, informando en cada instancia.


¿Cómo realizar una sucesión?

  • Para realizar una sucesión, pactamos una entrevista
  • Evaluamos el caso, presupuestamos gastos y acordamos honorarios
  • Reunimos la documentación necesaria
  • Firmamos el escrito inicial, para dar comienzo a la sucesión

¿Qué documentos necesito?

  • Partidas de Nacimiento y DNI de los herederos.
  • Certificado de Defunción de los causantes (las personas fallecidas).
  • Acta de Matrimonio, si es que el causante estaba casado.
  • Títulos y/o escrituras de los Bienes que se heredan.

Otras preguntas frecuentes

🔹Los bienes siguen a nombre del fallecido y no pueden ser vendidos ni transferidos.

🔹No se pueden gestionar cuentas bancarias o cobrar seguros sin declaratoria de herederos.

🔹Si pasan más de 10 años, como resultado, un tercero puede iniciar un trámite de usucapión sobre los inmuebles no reclamados.

Los honorarios de una sucesión, rondarán entre el 3% y el 5% del valor de acuerdo a la cantidad de bienes inmuebles. A su vez, es evaluada la complejidad del caso.

🔹Certificado de Defunción de los causantes (las personas fallecidas).

🔹Acta de Matrimonio, en el caso de estar casado.

🔹Partidas de Nacimiento y DNI de los herederos.

🔹Escrituras y/o títulos de los bienes que se heredan.

En caso de no tener la documentación, se solicita la busqueda

En el caso de haber:

🔹Hijos y cónyuge, heredan en partes iguales, los bienes propios.
🔹Padres y cónyuge sin hijos, el cónyuge hereda el 50%. A su vez, los padres heredan el 50% en partes iguales.
🔹Hermanos, heredan en el caso de no haber descendientes, cónyuge ni ascendientes.
🔹No se puede desheredar a los hijos, cónyuge o padres salvo en casos excepcionales.

La declaratoria de herederos puede tardar de 7 a 10 meses a contar del inicio de la sucesión.

Luego de dictar la declaratoria de herederos, se pueden vender los bienes inmuebles escriturándolos por el sistema de tracto abreviado. Por lo cual, se reducen los costos de inscripción.

Nosotros te podemos ayudar. clic para más información.

🔹 Las deudas se pagan con la herencia antes de repartir los bienes.
🔹 Si las deudas son mayores al valor de los bienes, los herederos pueden renunciar a la herencia.

Sí, es posible agregar bienes que no fueron declarados inicialmente.
Se debe presentar un escrito al juez con la documentación correspondiente.
Se puede hacer en cualquier momento, a menos que proceso esté cerrado.
Si un heredero ocultó bienes, los demás pueden reclamar para su incorporación.

Los bienes en el exterior no entran automáticamente en la sucesión argentina.
Los herederos deben hacer trámites adicionales en el país donde están los bienes.
Dependiendo del país, puede ser suficiente con apostillar la sucesión argentina o puede ser necesario iniciar un nuevo juicio sucesorio. A su vez, es importante prestar atención dado que puede haber impuestos tanto en Argentina como en el extranjero.