Testamentos


Rapidez y efectividad

En un plazo estimado de 7 meses puede obtener la declaratoria de herederos.

Fácil y sin preocupaciones

Nos encargamos de brindar atención personalizada que se ajuste a sus necesidades.

Gestionamos y acompañamos

Nos mantenemos en constate comunicación a lo largo del proceso, informando en cada instancia


¿Cómo inicio el trámite?

  • Pactamos una entrevista
  • Evaluamos el caso, presupuestamos gastos y acordamos honorarios
  • Reunimos la documentación necesaria
  • Firmamos el escrito inicial, para dar comienzo a la sucesión

¿Qué documentos necesito?

  • Partidas de Nacimiento y DNI de los herederos.
  • Certificado de Defunción de los causantes (las personas fallecidas).
  • Acta de Matrimonio, si es que el causante estaba casado.
  • Títulos y/o escrituras de los Bienes que se heredan.

Otras preguntas frecuentes

No del todo. En Argentina hay herederos forzosos (hijos, cónyuge, padres) que tienen derecho a una porción legítima de la herencia. Solo se puede disponer libremente del tercio restante.

🔹 Si tenés descendientes → Podés disponer del 33% de tu patrimonio.
🔹 Si tenés ascendientes (padres) y no hijos → Podés disponer del 50%.
🔹 Si no tenés herederos forzosos → Podés disponer del 100%.

Si no hay testamento, la herencia se distribuye según las reglas de la sucesión legítima, priorizando a los herederos forzosos.

En caso de no tener la documentación, se solicita la busqueda

Sí. Un testamento se puede revocar total o parcialmente en cualquier momento mientras el testador esté en pleno uso de sus facultades.

Sí, si hay dudas sobre la capacidad del testador, si se vulneraron derechos de herederos forzosos o si hubo fraude o presiones.

Sí, siempre que respetes la porción legítima de los herederos forzosos. Podés disponer del tercio de libre disponibilidad para quien quieras (amigo, pareja, institución benéfica, etc.).

No. Solo se pueden incluir bienes que poseas al momento de hacer el testamento.

Si no actualizás el testamento, los hijos nacidos después pueden reclamar su parte legítima. Lo mejor es modificar o revocar el testamento si cambia tu situación familiar.

🔹Hacelo por escritura pública ante escribano, ya que es más difícil de impugnar.
🔹 Informá a personas de confianza sobre su existencia y ubicación.
🔹 Revisalo periódicamente para actualizarlo según tu situación patrimonial y familiar.

Rapidez y efectividad

En un plazo estimado de 7 meses puede obtener la declaratoria de herederos.

Sin preocupaciones

Nos encargamos de brindar atención personalizada que se ajuste a sus necesidades.

Acompañamiento

Nos mantenemos en constate comunicación a lo largo del proceso, informando en cada instancia


¿Cómo inicio el trámite?

  • Pactamos una entrevista
  • Evaluamos el caso, presupuestamos gastos y acordamos honorarios
  • Reunimos la documentación necesaria
  • Firmamos el escrito inicial, para dar comienzo a la sucesión

¿Qué documentos necesito?

  • Partidas de Nacimiento y DNI de los herederos.
  • Certificado de Defunción de los causantes (las personas fallecidas).
  • Acta de Matrimonio, si es que el causante estaba casado.
  • Títulos y/o escrituras de los Bienes que se heredan.